Szpunar declara las leyes españolas como discriminatorias para las empleadas de hogar

La justicia europea podría declarar ilegal el régimen en España de las empleadas del hogar, ya que las excluye del derecho a cotizar para poder tener derecho a paro.

Szpunar, el Abogado General de la Unión Europea, cree y no duda en afirmar que la ley española trata a las mujeres de forma discriminatoria, porque no les permite acceder a la prestación de desempleo por motivos ajenos a ellas y no pueden seguir trabajando. Esta ha sido su conclusión oficial que ha trasladado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ahora, los jueces comunitarios deben dictar una sentencia.

La cuestión se planteó a raíz de la demanda de una empleada del hogar española que presentó contra la Tesorería de la Seguridad Social. El motivo de esta demanda fue que la TGSS le negó cotizar, por lo que no puedo tener derecho al correspondiente paro.

La diferencia de género existe

Tras la exposión del juez español conforme la mayoría de estas trabajadoras son mujeres, preguntó en consecuencia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si la ley española discrimina y es contraria al Derecho de la Unión Europea. En caso de ser afirmativo, derivaría en su declaración de ilegalidad.

El Abogado General Szpunar presenta varias comparativas para exponer sus argumentos. Por ejemplo, destaca que todos los trabajadores por cuenta ajena, incluidos en el régimen general de la Seguridad Social, tienen derecho a paro y en este grupo la proporción de géneros es más o menos similar. En cambio, y por este motivo Szpunar ha llegado a esta conclusión, en el grupo de trabajadoras de hogar, no existe ese derecho. Aquí es muy importante mencionar que este grupo está conformado por un 95% de mujeres. Esto convierte el sistema en discriminatorio para ellas.

De modo que, ahora la justicia española debe decidir si, este caso es concreto se considera una discriminación de género o no. El Abogado General ya ha propuesto al Tribunal de Justicia que comunique al juez español que la DIrectiva se opone a una disposición nacional que excluye las prestaciones por desempleo de las prestaciones reconocidas a los empleados de hogar por un régimen legal de seguridad social, cuando consta que estos empleados son casi exclusivamente mujeres.