En Galicia se obliga la presentación del pasaporte Covid para entrar a ciertos establecimientos

En Galicia se obliga la presentación del pasaporte Covid para entrar a ciertos establecimientos

A pesar de que la situación avance en la mayoría de España, el Supremo ha contemplado la idea de exigir el pasaporte Covid en Galicia para entrar a bares y discotecas. Asimismo, la sentencia incluye el voto particular del magistrado Antonio Jesús Fonseca, el cual entiende la exigencia como “severa, extensa e intensa” respecto a los derechos de igualdad e intimidad.

La Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo ha dado vía libre para la obligación de pedir el pasaporte Covid en determinados establecimientos de ocio y restauración de Galicia. Fue acordado por la Xunta gallega el pasado mes de agosto de 2021 para intentar reducir los contagios en la comunidad autónoma.

Por un lado, la Sala afirma que “el beneficio que proporciona la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios, es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para el acceso al local. En definitiva, no se atisba ninguna medida que resulte más adecuada para salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos, en ese tipo de locales”.

Establece que la exigencia de egixir el pasaporte Covid debe someterse previamente a autorización o ratificación judicial, ya que puede afectar notablemente a los derechos fundamentales de la igualdad, intimidad y protección de datos de la persona.

Por otro lado, la sentencia, ponencia de la magistrada Mª del Pilar Teso, indica que la exhibición del pasaporte Covid no vulnera el derecho a la igualdad pues no se produce discriminación entre aquellos que están vacunados y los que no lo están. “Recordemos que la documentación reviste una triple modalidad, que resulta asequible a todos, de modo que quien no quiere mostrar si ha sido o no vacunado, teniendo en cuenta el carácter voluntario de la misma, puede presentar el resultado de la prueba PDIA o el test de antígenos y, desde luego, el certificado de recuperación de la Covid.19 si ha pasado la infección.

Frente a estos dos diferentes puntos de vista, finalmente el Supremo aprueba esta medida para llevar a cabo una mayor reducción de casos en la comunidad gallega.

 

Fuente: Noticias Jurídicas

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